En la Provincia de Buenos Aires se juzgan por jurados los delitos cuya pena máxima supera los quince años de prisión. El jurado se integra con doce ciudadanos, en paridad de género. La persona acusada puede renunciar al jurado en las condiciones que fija la ley. La Corte Suprema confirmó la constitucionalidad de este sistema en el caso "Canales" (2019).
Qué casos llegan a jurados
El juicio por jurados se aplica a delitos graves, como homicidios o delitos contra la integridad sexual agravados, cuando la pena máxima prevista supera los quince años. El jurado decide si la persona es culpable o no culpable; el juez profesional dirige el debate y, en caso de condena, determina la pena.
Cómo se integra el jurado
Los jurados se seleccionan de listas de ciudadanos. En la audiencia de selección, la fiscalía y la defensa pueden formular preguntas y recusar candidatos para asegurar un jurado imparcial. La elaboración de las instrucciones que el juez da al jurado es un momento técnico decisivo.
El veredicto
La ley exige mayorías calificadas para declarar la culpabilidad y unanimidad cuando el delito prevé pena perpetua. El veredicto de no culpabilidad es definitivo: la Suprema Corte bonaerense sostuvo que no puede ser recurrido por la acusación (caso "Pitman", 2024). Ver jurisprudencia.
Cómo se prepara la defensa
El litigio ante jurados requiere una teoría del caso clara, un lenguaje comprensible, preparación de testigos y peritos, y un manejo preciso del examen y contraexamen. Ver nuestro servicio de juicio por jurados.