Respuesta breve

Ante una estafa virtual: comuníquese de inmediato con su banco o billetera virtual para bloquear cuentas y pedir el rastreo de las transferencias; cambie contraseñas; preserve mensajes, comprobantes y enlaces sin borrarlos; y haga la denuncia penal lo antes posible. El fraude informático está previsto en el art. 173, inc. 16, del Código Penal.

Primeros pasos

  • Llame al banco o a la billetera virtual y solicite el bloqueo y el reclamo por las operaciones.
  • Cambie contraseñas y active la verificación en dos pasos.
  • No borre conversaciones ni publicaciones.
  • Anote fechas, horarios, montos, CBU/CVU y alias de destino.

La denuncia penal

La denuncia debe incluir la descripción del engaño, los datos de las cuentas receptoras y las constancias de las transferencias. Con esa información, la fiscalía puede requerir datos a bancos, billeteras virtuales y empresas de telecomunicaciones. Ver cómo hacer una denuncia.

Modalidades frecuentes

  • Suplantación de identidad de bancos u organismos (phishing).
  • Falsas ventas o alquileres en plataformas y redes sociales.
  • Robo de cuentas de mensajería para pedir dinero a contactos.
  • Falsas inversiones con promesa de rentabilidad.

Recupero

El recupero depende de la rapidez para identificar y bloquear las cuentas receptoras. Además del proceso penal, puede analizarse la responsabilidad de las entidades financieras según las circunstancias. Ver cibercrimen.

Fuentes normativas

Este artículo tiene fines informativos y no reemplaza el asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Las normas pueden modificarse: verifique siempre el texto vigente.

Solicitar una consulta

Una primera consulta permite conocer la situación procesal, identificar plazos y definir los pasos inmediatos. La información que nos comparta será tratada con confidencialidad.

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