La evidencia digital debe obtenerse legalmente, preservarse sin alteraciones y documentarse con una cadena de custodia. Una captura de pantalla puede ser cuestionada; por eso conviene complementarla con peritajes informáticos, constataciones o informes de las empresas proveedoras. El acceso al contenido de un teléfono secuestrado requiere, como regla, orden judicial.
Capturas de pantalla
Son útiles para iniciar una denuncia, pero pueden ser editadas. Conviene conservar el dispositivo original, los enlaces y los datos del perfil, y evaluar una constatación notarial o un peritaje informático.
Cadena de custodia
Cuando se secuestran teléfonos o computadoras, debe registrarse quién los tuvo, en qué condiciones y qué operaciones se realizaron. La extracción de datos se hace con herramientas forenses y, en lo posible, con copias de trabajo que preserven el original mediante valores de verificación (hash).
Intimidad y orden judicial
El contenido de las comunicaciones está protegido por la Constitución Nacional. El acceso a mensajes y archivos de un dispositivo exige, como regla, una orden judicial fundada que delimite su alcance.
Control de la defensa
La defensa puede proponer peritos de parte, controlar la extracción, cuestionar la integridad de los datos y la interpretación de conversaciones sacadas de contexto. Ver cibercrimen y allanamientos.