Según el artículo 13 del Código Penal, puede obtener la libertad condicional quien cumplió dos tercios de una pena temporal de más de tres años (u ocho meses si la pena es de hasta tres años), o treinta y cinco años en caso de pena perpetua, habiendo observado con regularidad los reglamentos carcelarios y con informes favorables. Hay delitos y situaciones excluidas.
Requisitos
- Cumplimiento del tiempo mínimo de condena.
- Observancia regular de los reglamentos carcelarios.
- Informe de la dirección del establecimiento y de peritos sobre la evolución de la persona.
- Condiciones compatibles con su reinserción social.
Exclusiones
No se concede a las personas reincidentes ni en los casos de determinados delitos enumerados en el artículo 14 del Código Penal, como ciertos homicidios agravados, delitos contra la integridad sexual, secuestro extorsivo o trata de personas, según la reforma introducida por la Ley 27.375.
Condiciones
El juez fija reglas: residir en un domicilio, presentarse periódicamente, abstenerse de consumir estupefacientes o alcohol en exceso, trabajar o estudiar, entre otras. El incumplimiento puede provocar la revocación.
Cómo se solicita
La solicitud se presenta ante el juez de ejecución con la documentación que acredita los requisitos. La defensa debe verificar el cómputo de la pena y preparar el caso con anticipación. Ver ejecución penal.