La IPP es la etapa inicial del proceso penal bonaerense. La dirige el fiscal, que reúne pruebas para decidir si acusa o si pide el sobreseimiento. Un juez de garantías controla la legalidad de las medidas que afectan derechos, como allanamientos, detenciones o intervenciones telefónicas. La defensa puede proponer prueba y controlar la investigación desde el comienzo.
Quién interviene
- Agente fiscal: dirige la investigación y decide qué medidas de prueba realizar.
- Juez de garantías: autoriza las medidas que afectan derechos y resuelve los planteos de las partes.
- Defensa: representa a la persona imputada, propone prueba y controla la legalidad del procedimiento.
- Particular damnificado: la víctima puede constituirse en parte y participar activamente.
Cómo empieza
La IPP puede iniciarse por una denuncia, por la actuación de la policía o de oficio por el fiscal. En los partidos del interior de la provincia, como Lincoln, General Pinto, Vedia, Ameghino o Rojas, las denuncias suelen recibirse en comisarías o en ayudantías fiscales, que luego las remiten a la Unidad Funcional de Instrucción que corresponde.
Plazos
El Código Procesal Penal bonaerense fija un plazo para completar la investigación, que se cuenta desde la declaración de la persona imputada y puede prorrogarse en casos complejos. La defensa puede reclamar cuando la investigación se prolonga sin justificación.
Cómo termina
Al finalizar la IPP, el fiscal puede requerir la elevación a juicio, solicitar el sobreseimiento o archivar las actuaciones. La defensa puede oponerse al requerimiento de elevación y pedir el sobreseimiento. También pueden acordarse salidas alternativas, como la suspensión del juicio a prueba o el juicio abreviado.